Matamoros.-De acuerdo al Código Penal del Estado de Tamaulipas, la abogada Susana “P”, detenida en Matamoros, podría alcanzar una pena máxima de 12 años de prisión en caso de que se le declare culpable de los delitos que se le acusan.
En el caso del delito de coacción el artículo 181 y 182 del Código penal dicen lo siguiente:
ARTÍCULO 181.- Se impondrá sanción de uno a dos años de prisión y multa de treinta a cuarenta veces consulta el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, al que empleando la fuerza, el amago, la amenaza, o el engaño se oponga a que la autoridad o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o resista el cumplimiento de un mandato legítimo cuya ejecución se realice en forma legal.
ARTÍCULO 182.- Se sancionará con la pena señalada en el Artículo anterior, la coacción hecha a la autoridad por medio de la violencia, física o moral, para obligarla a ejecutar un acto oficial sin los requisitos legales u otro que no esté en sus atribuciones.
Mientras que por los delitos cometidos contra servidores públicos, amenazas, asonada o motín los artículos 188, 306 y 154 mencionan lo siguiente:
ARTÍCULO 188.- Al que cometa un delito en contra de un servidor público o agente de la autoridad en el acto de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, se le impondrá una sanción de uno a tres años de prisión, además de la que le corresponda por, el o los delitos cometidos.
ARTÍCULO 306.- Al responsable de delito de amenazas a que se refiere la fracción I del artículo que antecede se aplicará una sanción de uno a tres años y multa de noventa a ciento veinte veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.
ARTÍCULO 154.- Cometen el delito de asonada o motín los que para hacer uso de un derecho o pretextando su ejercicio o para evitar el cumplimiento de una ley, se reúnan tumultuariamente y perturben el orden público con empleo de violencia en las personas o sobre las cosas, o amenacen a la autoridad para intimidarla u obligarla a tomar alguna determinación.
En resumen y sumando las penalidades de los artículos mencionados, la pena máxima sería de 12 años de prisión y la mínima de 3 años con seis meses. Esta penalidad alcanzaría la litigante en caso de que un tribunal de enjuiciamiento la declare culpable.
En entrevista con los distinguidos abogados Raúl Gómez y Roberto Gómez, opinaron que los delitos que se le acusa a la litigante no son considerados como graves y su procedimiento pudo haberlo llevado en libertad, sin embargo, el juez determinó lo contrario, posiblemente porque la abogada no comprobó su residencia en Tamaulipas.
Señalaron que para que el acusado lleve un proceso en libertad bajo una medida cautelar como de arraigo domiciliario tiene que comprobar ante el juez que tiene varios años viviendo en el domicilio que presente, en este caso Susana “N’ no comprobó su residencia por años en Matamoros y es por eso que no se le concedió que su proceso lo llevara en libertad.
Cabe mencionar que durante la madrugada de este martes, la juez de control de detención vinculó a proceso a la activista por los delitos ya mencionados, registrados el pasado 10 de marzo en las oficinas de la Junta Especial Nº 6 de la Local de Conciliación y Arbitraje en Matamoros.
Asimismo, la autoridad judicial estableció un plazo de 45 días para el cierre de la investigación complementaria y prisión preventiva por el tiempo que dure el proceso.
Por EnlaceMx