cdmx.-El Tribunal Electoral no declarará la validez de la revocación de mandato debido a que, por encima de la Ley Federal de Revocación de Mandato, la Constitución indica que si no logra el 40 por ciento de la participación, en automático no será válida; por lo que la Sala Superior sólo podrá confirmar la constante intervención y violación a la ley por parte de servidores públicos, sin que esto necesariamente provoque la anulación de votos.
La revocación de mandato de Andrés Manuel López Obrador llegó a la cancha de la Sala Superior sin validez, pero con suficientes elementos para que los magistrados indaguen la intervención de funcionarios públicos como el propio Presidente; la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum; el dirigente nacional de Morena, Mario Delgado; gobernadores, senadores, diputados y alcaldes morenistas, y determinen si esto influyó o no en la votación o si hubo presiones o coacción del voto, más allá de una declaratoria de validez que no podrá darse.
Funcionarios de primer nivel del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación confirmaron a MILENIO que este miércoles a las 11:25 horas recibieron el dictamen del Instituto Nacional Electoral con los resultados de los cómputos distritales de la revocación de mandato de López Obrador, los cuales indican que únicamente participó el 17.77 por ciento de la Lista Nominal de Electores.
Detallaron a este medio que, pese a los intentos de la oposición para anular este ejercicio, el Tribunal Electoral “no puede anular lo que no es válido”, pues aunque la Ley Federal de Revocación de Mandato habla de los requisitos para hacerla vinculante, por encima de ésta, el artículo 35 de la Constitución indica que la revocación de mandato sólo tendrá validez si logra el 40 por ciento de la votación, lo que el domingo 10 de abril no sucedió.
FUENTE: MILENIO