Fuente/El manana
Una vez mas, las autoridades federales piden a la comunidad no hacer caso de publicaciones en redes sociales, en las que incluso utilizan logotipos y nombres de agencias federales, para difundir información errónea sobre las disposiciones para restringir el ingreso de personas a la unión americana.
Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos, CBP, pide que la comunidad se una a las redes oficiales o verifique la información difundida, haciendo caso a medios de información serios para no generar temor y desconcierto.
En cuanto al cruce de personas de México a Estados Unidos, recuerdan a la comunidad que se han limitado los cruces a «viajes esenciales», que incluyen, pero no son limitados a: · Ciudadanos estadounidenses y residentes legales permanentes que regresan a los Estados Unidos; ·
Personas que viajan con fines médicos, por ejemplo, para recibir tratamiento en los Estados Unidos; · Individuos que viajan para asistir a instituciones educativas; · Las personas que viajan para trabajar en los Estados Unidos, por ejemplo, las personas que trabajan en la industria agrícola que deben viajar entre los Estados Unidos y México para promover dicho trabajo; · Individuos que viajan con fines de respuesta a emergencias y de salud pública, por ejemplo, funcionarios del gobierno o personal de emergencias que ingresan a los Estados Unidos para apoyar los esfuerzos del gobierno federal, estatal, local, tribal o territorial, para responder a la pandemia del COVID-19 u otras emergencias; · Individuos dedicados al comercio transfronterizo legal, por ejemplo, camioneros que apoyan el movimiento de carga entre los Estados Unidos y México. ·
Personas involucradas en viajes oficiales del gobierno o viajes diplomáticos; De nueva cuenta, autoridades federales hacen algunas precisiones sobre las restricciones de viaje a la unión americana. / · Miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU., y los cónyuges e hijos de los miembros de las Fuerzas Armadas de los EE. UU., que regresan a los Estados Unidos; · Individuos dedicados a viajes u operaciones relacionadas con el ejército. De igual forma se destacó que los viajes NO incluidos en la definición de «viaje esencial» son: · Individuos que viajan con fines turísticos, por ejemplo, turismo, recreación, juegos de azar, compras, o asistir a eventos culturales.
En este momento, esta Notificación no se aplica a los viajes aéreos, ferroviarios o marítimos entre los Estados Unidos y México, pero sí se aplica a los viajes ferroviarios de pasajeros entre los Estados Unidos y México. Estas restricciones son de naturaleza temporal y permanecerán vigentes hasta las 23:59 horas del 20 de abril de 2020. Esta Notificación puede modificarse o anularse antes de ese momento, según las circunstancias asociadas con la amenaza específica.