Fuetne/EXCELSIOR
IUDAD DE MÉXICO
La Comisión Nacional Forestal (Conafor) confirmó que existe un proceso administrativo y penal abierto en contra de la presunta responsable de provocar un incendio la semana pasada en el cerro «El Tepozteco», en Tepoztlán, Morelos.
El incendio forestal que inició el 19 de mayo y que en tres días arrasó con 60 hectáreas, requirió el apoyo de un helicóptero de la Guardia Nacional, debido a que el fuego se propagó en los riscos muy cerca de la comunidad de Santo Domingo Ostopulco.
Según trascendió en redes sociales, una joven de alrededor de 25 años de edad ocasionó el incendio cuando grababa un video para la red social Tik Tok haciendo malabares con bolas de fuego en esta área natural protegida que tiene la categoría de Parque Nacional.
En entrevista con Excélsior, Amílcar Marín, encargado de la Gerencia de Conafor en Morelos explicó que ya entregaron el reporte de este incendio forestal a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), para que presentara la denuncia correspondiente.
Ya le compete justamente al Ministerio Público y a la Profepa darle seguimiento, y nosotros como Conafor brindaremos los elementos y no solamente nosotros, las brigadas que atendieron el incendio, el Ayuntamiento, las personas de ahí de la comunidad, que pueden aportar elementos para que se realice la investigación correspondiente», detalló.
Amilcar Marin hizo un llamado a la población a hacer un uso adecuado del fuego y no realizar actividades riesgosas, como ocurrió en este caso, donde por ganar unos likes, la joven presumiblemente ocasionó un incendio forestal en el Parque Nacional «El Tepozteco»
El 99.7 por ciento de los incendios forestales en Morelos, está identificado que se deben a causas antropogénicas, es decir, a actividades humanas, que van desde quemas para desmontar, para la preparación de la siembra, fogatas, actividades ilegales como provocar fuego para la cacería, tala clandestina, vandalismo, o actividades que se salen de control», recordó.
SANCIONES
Conforme al artículo 157 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, quien provoque incendios forestales será acreedor a una multa de 150 a 30 mil veces la Unidad de Medida y Actualización, que va de los 13 mil a los dos millones 606 mil pesos.
Mientras que la fracción IV del Artículo 420 Bis del Código Penal Federal establece que los delitos contra la biodiversidad, en la modalidad de provocar un incendio en un bosque, selva, vegetación natural o terrenos forestales, que dañe elementos naturales, flora, fauna, los ecosistemas o al ambiente, puede alcanzar una pena que va de los dos a los 10 años de prisión y una multa por el equivalente de 300 a tres mil veces la Unidad de Medida y Actualización (26 mil a 260 mil pesos).